Si te encuentras en España con una estancia por estudios, llegará un momento en que tu permiso expirará y, probablemente, te preguntes: ¿Y ahora qué?
Tienes tres opciones:
- Renovar tu estancia por estudios para continuar tu formación.
- Modificarla por un permiso de trabajo.
- Solicitar un permiso de residencia para la búsqueda de empleo.
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RENOVAR LA ESTANCIA POR ESTUDIOS
Es posible que tus estudios incluyan varios cursos académicos o que, al finalizar una formación, desees comenzar otra. En estos casos, puedes renovar tu estancia por estudios.
Datos clave sobre la renovación:
- Duración inicial: normalmente se concede por un año.
- Renovación anual: puedes renovarla cada año mientras sigas estudiando, sin límite de renovaciones, siempre que demuestres progreso académico.
- Plazo para renovar: desde 60 días antes del vencimiento y hasta 90 días después. Es recomendable hacerlo antes de que caduque, ya que hacerlo fuera de plazo puede conllevar sanciones administrativas.
Requisitos para renovar:
- Matrícula vigente en un centro educativo autorizado.
- Haber aprobado el curso anterior (mínimo rendimiento académico).
- Medios económicos suficientes (100% del IPREM mensual o anual).
- Seguro médico válido en España.
Extensión de la estancia:
También puedes solicitar una extensión si tu permiso caduca antes de finalizar los estudios o las prácticas (si forman parte del plan académico), y aún no has obtenido el título.
MODIFICAR LA ESTANCIA POR ESTUDIOS POR UN PERMISO DE TRABAJO.
Durante tu estancia por estudios, en algunos casos es probable que puedas trabajar, pero con un límite de horas semanales para que sea compatible con tu formación. Sin embargo, al finalizar tus estudios, es probable que desees incorporarte plenamente al mercado laboral. Para ello, puedes modificar tu estancia por estudios por un permiso de trabajo, ya sea:
- Por cuenta ajena (empleado).
- Por cuenta propia (autónomo o emprendedor).
Requisitos generales:
Para modificar la estancia por estudios por un permiso de trabajo, es necesario:
- Haber finalizado y aprovechado los estudios.
- Estar en situación legal al presentar la solicitud (no haber excedido el tiempo de estancia).
Para trabajar por cuenta ajena:
- No es necesario que el trabajo esté relacionado con tus estudios.
- El contrato debe estar firmado por ambas partes.
- Debe ser a jornada completa.
- Debe tener una duración mínima de un año.
- Debe garantizar al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
- La empresa debe acreditar solvencia económica.
Para trabajar por cuenta propia, debes:
- Presentar un plan de negocio viable («Business Plan»).
- Acreditar medios económicos suficientes para iniciar la actividad.
- Demostrar cualificación profesional para ejercerla.
MODIFICAR LA ESTANCIA POR ESTUDIOS POR UN PERMISO DE BÚSQUEDA DE EMPLEO.
Si no cuentas con una oferta de trabajo que te permita modificar tu estancia por estudios a un permiso de trabajo, puedes optar por solicitar un permiso de residencia para búsqueda de empleo.
¿Para qué sirve?
El permiso de residencia para búsqueda de empleo es un permiso de residencia de un año que te permite permanecer legalmente en España mientras buscas trabajo. Una vez consigas un contrato, podrás modificar este permiso por uno de residencia y trabajo.
Requisitos:
- Haber finalizado los estudios.
- Acreditar medios económicos suficientes (100% del IPREM mensual o anual).
- Disponer de seguro médico.
¿No sabes qué opción encaja mejor contigo? ¿Necesitas más detalles sobre alguna de ellas? Contáctanos sin compromiso. Estamos aquí para ayudarte.
